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Mar16042024

Última actualización09:36:03 AM GMT


Los contratos de Formación: un chollo para el empresario

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La juventud obrera está más que acostumbrada a recibir noticias desde los medios de comunicación de masas de un montón de medidas, leyes y disposiciones, mediante las cuáles el Estado impulsará, supuestamente, nuestras opciones de ser empleados. En este sentido, las clases dominantes saben que el paro juvenil es una de las principales preocupaciones de los jóvenes de hoy en día y no escatiman en cinismo a la hora de vendernos las direfentes medidas precarizadoras como si fueran leyes hechas para salvar a la juventud de estas alarmantes cifras de paro. En realidad, sabemos bien que mediante estas iniciativas solamente se busca cumplir con los intereses de la patronal, intereses que inevitablemente nos llevan a la miseria. Los llamados "Contratos de Formación" son otra de esas realidades de las que hablamos.

La duración de este tipo de contrato formativo no puede ser inferior a seis meses ni superior a dos años, salvo que el convenio colectivo sectorial establezca otros períodos. Incluso en ese caso, la duración no podrá exceder los tres años. La jornada es a tiempo completo, incluyendo el periodo que se dedica supuestamente a la formación teórica. Esta formación representa, como mínimo, el 15% de la jornada laboral. Hay que tener presente, por otro lado, que los contratos de formación y los contratos de prácticas son dos modalidades diferentes de contratación. Mientras que el contrato de formación está dirigido a quienes aún no posean ninguna titulación de formación profesional, el contrato de prácticas exige que el trabajador que se va a contratar ya disponga de una titulación oficial y que no hayan transcurrido más de cuatro años desde su obtención.

Hasta hace unos pocos años, se podían hacer contratos de formación a jóvenes de entre 16 y 21 años y, excepcionalmente, hasta los 25 años hasta finales de 2011. Finalmente, esa modificación sigue vigente, es decir, se amplía la edad a la que se puede hacer un contrato de formación de manera permanente. Además, hasta que la cifra del paro sea inferior al 15% habrá un periodo especial en el que se podrá contratar a jóvenes de hasta 30 años de edad. La duración del contrato será de dos años como máximo, con posibilidad de prorrogar un año "en función de las necesidades de la empresa y del proceso formativo". El salario se fijará en convenio y no podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional. Sin embargo, claro está que de facto, el contrato puede ser rescindido en cualquier momento que al patrón le convenga.

En muchos casos se subvencionará a las empresas por la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje, que reúnan las condiciones establecidas con una cantidad cercana a los 5 mil euros por contrato. En el caso de jóvenes incluidos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil se subvencionará la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje con una cantidad algo superior a los 5 mil euros por contrato. Para las empresas con menos de 250 trabajadores habrá una rebaja de la cuota de la Seguridad Social del 100%. Para las empresas con más de 250 trabajadores, la rebaja será del 75%.

Dejando a un lado las generalidades de los contratos para la formación y el aprendizaje como tal, podría mencionar una experiencia laboral relacionada con los contratos de formación. Por entonces ya conocía más o menos lo que era el típico paternalismo burgués, con su pretensión de hacernos creer que se desloman porque podamos tener trabajo, que sufren penurias por "mantenernos". Más o menos como esos honorables señores feudales que se jugaban la vida defendiendo a los indefensos campesinos de los enemigos y de sí mismos. Así, llegas a la entrevista con el dueño del negocio. Mantienes una conversación en la que el patrón valora si incorporarte o no al trabajo y por el final de la entrevista te deja caer, que existe la posibilidad de firmar un contrato de formación, con el cual puedes ganar unos cuantos euros más al mes que firmando un contrato normal. Te dice que todos los "chavales" que trabajan en el negocio y que son menores de treinta años lo tienen, te intenta hacer creer que el contrato de formación son todo ventajas a la hora de buscar un empleo en el futuro... ¡incluso deberás hacer luego una especie de examen para demostrar todo lo aprendido durante la duración de ese empleo!

Te comenta por encima que se pueden "permitir" pagarte ese extra, porque al ser un contrato de esas especiales características, la empresa no tiene que pagar gastos de la Seguridad Social y demás. En fin, parece ser beneficioso para ambas partes, tanto para el empleador como para el empleado. Tampoco debes preocuparte por la tontería del examen, te lo hará tu propio jefe y lo entregará el mismo. Juegan con que no seas consciente de la causa real de tu mayor salario, que no es otra que esa subvención superior a 5 mil euros que reciben las empresas por contratar a jóvenes con los contratos de formación. No es que se ahorren los gastos de la Seguridad Social al hacerte un contrato de formación, es que les sale gratis contratarte. Por otro lado, este tipo de empleos suelen estar relacionados a la temporalidad, con lo que pasado un tiempo te quedas sin trabajo y no habiéndo cobrado la integridad de esa subvención, sino que el dueño del negocio, además del beneficio obtenido del trabajo que has realizado y las reducciones de las cuotas de la Seguridad Social, se suma el dinero que se queda de la subvención por el contrato de formación. Es, sin duda, un negocio redondo: obtienen mano de obra gratuita para que trabajen en su empresa en unas condiciones bastante precarias.

Es innegable que los contratos de formación incentivan a este tipo de empresarios ha contratar a jóvenes. Pero es también innegable el hecho de que así se pretende profundizar en el camino que lleva a la precarización absoluta del empleo juvenil. Este modelo laboral dirige a los jóvenes a un futuro laboral incierto, donde este tipo de contratos, lejos de fomentar un empleo que garantice la vida digna del joven trabajador lo convierte en una persona económicamente inestable, que se tambalea de un trabajucho a otro, muchas veces en condiciones de explotación.

Podemos concluir con todo esto, que la explotación laboral y la precariedad crónica se implantan como si fuesen medidas especiales dirigidas a ayudar a la juventud, nos venden otras lamentables medidas para juventud obrera como el Plan de Garantía Juvenil entre otros. El objetivo está claro: obtener una mano de obra barata, sumisa, dado su carácter temporal y precario y que pueda sobreexplotar fácilmente. Ésto también sirve para presionar al resto de la clase obrera de edades más avanzadas y con empleos generalmente más estables.

No es posible que ante la constante precarización y desvalorización de nuestro trabajo la juventud no responda, unida y contundente. No es posible que las ETT, los Contratos de Formación, el Plan de Garantía Juvenil y todas las demás violaciones de nuestros derechos laborales más elementales sean impuestas sin recibir una respuesta, sin tener que soportar un contraataque de la juventud trabajadora. Solo organizándonos, uniéndonos y luchando podremos pisar el freno.



Jakes Iñarra es Miembro del Comité Nacional de los GKK/CJC en Euskal Herria


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